Informacion Acreditación

MODELO DE ACREDITACIÓN

El Proyecto Educativo Nacional al 2021cobra relevancia el año 2003 con la dación de la Ley General de Educación N° 28044; dicho proyecto busca garantizar ante la sociedad, la mejora de la calidad de las instituciones educativas a través del funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE), el cual es creado el año 2006. Asimismo, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación superior Universitaria (CONEAU), órgano operador del SINEACE, establece el primer modelo de acreditación de programas de estudios en educación universitaria, el mismo que entra en vigencia el año 2009.

En julio del 2014, al promulgarse la Ley Universitaria 30220, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU). La nueva Ley Universitaria declara la reorganización del SINEACE y crea un Consejo Directivo Ad Hoc para darle continuidad; igualmente, deroga los artículos de la ley 28740, ley del SINEACE, referidos a los órganos operadores de éste: IPEBA, CONEACES Y CONEAU.

Por su parte el Consejo Directivo Ad Hoc (CDAH), en setiembre del 2014, dispone la evaluación del modelo de acreditación de programas de estudios a nivel universitario. Observándose que el modelo vigente en ese momento, estaba centrado en procesos, sin hacer énfasis en los resultados, y que el número de estándares era excesivo; concluyéndose que el modelo requería cambios en cuanto a concepción, enfoques y alineamiento con tendencias internacionales. En consecuencia, se recomendó que un nuevo modelo debe orientarse a resultados sin descuidar los procesos, incentivar la reflexión, incidir en lo cualitativo, respetar la diversidad que existe en el país, respondiendo a la naturaleza y particularidades de cada institución; así como, motivar la mejora continua y la excelencia.

El nuevo Modelo de Acreditación, aprobado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 022-2016-SINEACE/CDAH-P, de fecha 21 de marzo-2016; así como, el Nuevo Modelo Modificado con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 175-2016-SINEACE/CDAH-P, de fecha 26 de noviembre-2016, conciben la evaluación de la calidad como un proceso formativo, que ofrece oportunidades a las instituciones para analizar su quehacer, introducir cambios para mejorar de manera progresiva y permanente, fortalecer su capacidad de autorregulación e instalar una cultura de calidad institucional. Para tal fin, el nuevo modelo ha sido estructurado en 4 dimensiones o categorías generales: una dimensión central de formación integral, una dimensión de gestión estratégica, una dimensión de soporte institucional y una dimensión de resultados. Cada una de estas dimensiones agrupa a factores y estándares de evaluación de la calidad, haciendo un total de 12 factores y 34 estándares que se acompañan de criterios a evaluar.

Para evaluar el cumplimiento de cada uno de los estándares, el programa de estudios debe explicar mediante evidencias verificables, que se responde a lo exigido. Las fuentes de verificación pueden ser diversas, pero en todos los casos sustentar el cumplimiento del estándar.

Esta nueva concepción demanda un cambio de actitudes, así como el desarrollo de capacidades, tanto en evaluados como en evaluadores. Asimismo, reconoce la diversidad de cada institución educativa y programa de estudios, generando la reflexión, el análisis y la valoración a los planteamientos que la Carrera Profesional realiza y propone como mejoras. Por tanto el Nuevo Modelo pretende ser una herramienta que promueva la autoevaluación, genere la mejora continua e incentive la autorregulación.

La acreditación, entendida como reconocimiento público al cumplimiento de estándares por parte de una institución, por sí misma no mejora la calidad. La mejora nace y se construye al interior de las instituciones, y en ello radica el valor de la autoevaluación. En tal sentido, la autoevaluación se constituye en el mecanismo por excelencia, que permite identificar y superar brechas de calidad a partir de la elaboración e implementación de planes de mejora.

Este Modelo guarda concordancia con los fines y principios de la educación peruana, Ley Universitaria 30220, Políticas de Aseguramiento de la Calidad de Educación Universitaria y demás enfoques tecnológicos, sociales y ambientales.
Para alcanzar la acreditación, es necesario el logro de todos los estándares, pudiendo ser calificados como: no logrado, logrado o logrado plenamente. En tal sentido, el resultado de la acreditación puede ser:

Opción 1: No se otorga la acreditación.
Opción 2: La acreditación se otorga por 2 años.
Opción 3: La acreditación se otorga por 6 años.

Para acceder en su totalidad al Modelo de Acreditación para programas de estudios de educación superior universitaria se puede recurrir al Portal Web del SINEACE (www.sineace.gob.pe).

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